Tras cinco días de atraso, la querella del PP contra Garzón contiene errores.
En el escrito de la querella se puede leer lo siguiente, en el capítulo V, donde se habla de la calificación jurídica, apartado A:
Lo que se daña, pues, en la prevaricación judicial no son los derechos de las partes, sino el sistema jurídico, el imperio de la ley, como ha declarado el Tribunal Supremo en su Sentencia de 15 de octubre de 1999 (RJ 1999, 7176), caso Gómez de Liaño:
“el delito de prevaricación judicial no consiste en la lesión de bienes jurídicos individuales de las partes en el proceso, sino en la postergación por el autor de la validez del derecho o de su imperio y, por lo tanto, en la vulneración del Estado de Derecho, dado que se quebranta la función judicial de decidir aplicando únicamente el derecho en la forma prevista en el artículo 117.1 de la Constitución”; y más recientemente en términos muy parecidos la STS de 8 de junio de 2006 (RJ 2006, 6295): “los Jueces según el mismo precepto son independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley. Y es el apartamiento de esta función constitucional lo que integra el delito de prevaricación judicial”.
Por consiguiente, el juez que prevarica abusa de su condición, de la potestad jurisdiccional que le ha sido concedida, y eso es básicamente lo que se sanciona con este delito, con independencia del beneficio propio o del perjuicio ajeno que produzca su conducta.
Lo que no es cierto, pues el caso Gómez de Liaño fue llevado al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y éste declaró que el juicio no había sido imparcial, por lo que condenó al Estado a pagar una multa de 5.000 euros por daños morales. Liaño ya había sido indultado, por mucho que El País insistiese en que la sentencia no se anuló, olvidando un principio de la Justicia Universal de que de un juicio injusto no puede derivarse sentencia válida alguna. Claro que El País era parte en el asunto, pues la acusación contra el entonces juez Liaño se inició porque actuó contra Polanco, dueño de Prisa y de El País.
Pero el caso es que esta cita ha sido catalogada ahora por Trillo como un error de redacción. Pues debiera decir entonces como tendría que ir redactado, porque se redacte como se redacte, se hace mención a algo que no es otra cosa que un intento de hacer la pelota a Prisa. O sea, ir contra Garzón pero dando por válido lo que Prisa hizo contra Liaño, cuando ya se sabe lo que hay.
No, esto no es más que más de lo mismo, otra bobada del bobo nuevo PP, o sea, una pepada de los pepos. Han estado amagando durante cinco días y lo que han conseguido es que Garzón no haya soltado el caso y siga con su campaña a dos días de la jornada de reflexión de las elecciones vascas y gallegas. O sea, que siga dando facilidades al PSOE y su prensa amiga para que sigan hablando sobre una supuesta trama de corrupción en el PP, evitando que se hable de la que hay en el PSOE y, lo que es más grave, que no se hable de la crisis y de la responsabilidad en la misma del Gobierno Zapatero. Este es el servicio que Garzón hace al partido por el que fue diputado y alto cargo, quizá para hacerse perdonar el haber arremetido contra sus antiguos responsables con el caso GAL. Y este es el perjuicio que produce a la sociedad y a todos los españoles, pues malo es que en unas elecciones no se hable de los asuntos que más afectan a la ciudadanía.
El aludido, Gómez de Liaño, acaba de declarar que la querella contra Garzón no tiene base jurídica y que por lo tanto no cree que prospere. Y en el PP, los pepos pepeando.
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