lunes, 29 de septiembre de 2008

La incongruencia del Tribunal constitucional.

Es incongruente hasta su propia existencia, pues no es más que un tribunal político que está por encima del Poder Judicial.

Y por ello sus propias y continuas incongruencias, sumadas al hecho de que no todos sus miembros son magistrados. O sea, no tienen por qué ser necesariamente expertos en Derecho ni con experiencia en su aplicación. Una sentencia suya no es más que un puro trámite para hacer el paripé en determinadas cuestiones que requieren de un lavado de cara, pero que sin una lógica jurídica clara obtienen una inapelable decisión, política, a favor o en contra.

Desde su creación sus sentencias están plagadas de contradicciones e incongruencias para conseguir decir que es verde lo que es naranja, o azul lo que es amarillo. Y todo para que concuerde con el modelito del poder político de turno y de las conveniencias coyunturales. Es como una forma de lavar conciencias de quienes se empeñan en ir incluso contra el derecho natural y contra la lógica misma.

En una de sus controvertidas sentencias, la de 11 de abril de 1985, dice al mismo tiempo que el no nacido no tiene derecho a la vida y que el nasciturus "es un bien jurídicamente protegible". No se sabe de quién es ese bien, pues el dueño de ese supuesto bien no sería otro que el propio individuo de llegar a nacer. Y tampoco es un bien que exista de no tener precisamente lo que se le niega que tiene: la vida, y por tanto el derecho a que no se le prive de ella. Dicha sentencia se obtuvo tras un empate dirimido por el voto de calidad del Presidente. Así, por mayoría simple.

La susodicha sentencia del TC dice que el derecho a la vida es “el derecho fundamental esencial y troncal en cuanto es el supuesto ontológico sin el cual los restantes derechos no tendrían existencia posibleAñadiendo a continuación: “... si la Constitución protege la vida con la relevancia a que antes se ha hecho mención, no puede desprotegerla en aquella etapa de su proceso que no sólo es condición para la vida independiente del claustro materno, sino que es también un momento del desarrollo de la vida misma; por lo que ha de concluirse que la vida del nasciturus, en cuanto este encarna un valor fundamental - la vida humana - garantizado en el Art. 15 de la CE, constituye un bien jurídico cuya protección encuentra en dicho precepto fundamento constitucional”. Argumentación perfectamente entendible y asumible por todos los que pensamos que la vida empieza antes del parto, y que no es propiedad de la mujer que la porta.

Pero al final va y dice que los argumentos aducidos por los recurrentes no pueden estimarse para decir que al nasciturus le corresponda también la titularidad del derecho a la vida... pero debemos afirmar que la vida del nasciturus es un bien jurídico constitucionalmente protegido por el Art. 15 de nuestra Norma fundamental”. ¿Mandeee..? O sea, sí pero no.

Admite que la Constitución no puede desproteger la vida en la etapa de su desarrollo en el claustro materno. Pero a continuación pasa a contradecirse y dice que no se puede decir, según los argumentos del recurrente (en este caso el PP), que aquel a quien han dicho que la Constitución debe proteger su vida, tenga derecho a la misma. Y todo para impedir precisamente que se derogara la ley del aborto que ya llevaba en vigor dos años.

Y llevaba en vigor dos años porque los socialistas de Felipe González cambiaron la ley para impedir que cuando se presentara un recurso de inconstitucionalidad contra una ley, ésta quedara en suspenso hasta obtener el veredicto del Tribunal. Un disparate en sí mismo, pues una vez que una ley entra en vigor, a ver quién es el guapo que luego anula los derechos derivados de dicha ley. Y si una ley es declarada inconstitucional y lleva tiempo afectando a los ciudadanos, ¿quién se hará responsable de los perjuicios derivados de su aplicación? ¿Se juzgará y condenará al Gobierno o a los diputados que la han aprobado? ¿O simplemente no habrá responsables, como siempre?

Pero eso es lo que los partidos han aceptado, y como aquí no hay más poder que el de los partidos, pues ajo y agua. Pero luego son capaces de decir que esto es una democracia, con lo que insultan a la democracia misma. Aquí no hay división de poderes, y sin ella no existe democracia. El que se vote cada cierto tiempo no significa que se viva en democracia. También se votaba en el franquismo, y se vota hasta en Cuba. No, no es la votación lo que define una democracia. Lo que la define es precisamente la separación de poderes y la soberanía del pueblo. Aquí la soberanía la tienen los partidos políticos, no el pueblo. Y los enjuagues se hacen entre sus dirigentes, al margen incluso de sus militantes. E incluso al margen de muchos de sus propios dirigentes; no hay más que ver el último ejemplo sobre lo del CGPJ y el Supremo, ya negociado entre Rajoy y Zapatero hace unos meses e ignorado por el resto de dirigentes.

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